viernes, 13 de marzo de 2009

BLOG 13 MARZO 009

Santiago de Cali, marzo 13 de 2009





Doctor

JUAN SOMAVIA

Director General

ORGANIZACIÓN INTERNACIONAL DEL TRABAJO “OIT”

Copia para:

Lideres: COMITÉ LIBERTAD SINDICAL

Señores: CONSEJO ADMINISTRACION
4 route des Morillons CH 1211 Geneve 22

Email: ilo@ilo.org

Internet www.ilo.org

libsybd@ilo.org

OIT – Ginebra Suiza




Referencia: RECOMENDACIÓN DEFINITIVA CASO 2297 “PLAN RETIRO TELECOM COLOMBIA AÑO 1995”


Distinguidos miembros: Requerimos a este documento, respuesta.




Fuimos despojados de nuestro “DERECHO AL TRABAJO” en un primer paquete que involucro a 62 instituciones Estatales, con la implementación del “Neoliberalismo” en el año 1995, involucrando a 3200 funcionarios. - Constituíamos el SEGUNDO SINDICATO MAS IMPORTANTE DE COLOMBIA, “SITTELECOM” después del de la “USO”


La pujanza de la administración conjunta con la organización Sindical, posicionaron durante 56 años a una empresa modelo en telecomunicaciones “TELECOM” (23 mayo/47-15 junio/03) que por su misma fuerza y la de sus trabajadores consolidamos a la mejor empresa del país en ese tema.


Su poderío económico hizo que cayera en manos de la POLITIQUERIA y por los años 1993 adjudicaron unos contratos con multinacionales en telecomunicaciones en millones de dólares que comprometieron seriamente su desarrollo, haciendo que se convirtiera en el ROBO DEL SIGLO para luego endilgar su inviabilidad a la carga prestacional y pensional de sus constructores.


El desorden administrativo fue tal, que solo en la década de los noventa trajinaron ONCE PRESIDENTES DISTINTOS por aquella entidad.


Aun así el vigor del Sindicato, persistía y frente a ello, había que “ACERTAR” con el mecanismo para “DESVANECER A TAL SINDICATO” y minarle al máximo su potestad actuativa, implementando por primera vez en la historia jurídica de Colombia a los “DESPIDOS MASIVOS” pero disfrazados de “Planes de retiro voluntarios” para con esta modalidad hacer el esguince a la ley, la constitución y Convenios Internacionales.


Así, se violaron entonces temas álgidos como la “CONCILIACION VOLUNTARIA” – la “JUSTA CAUSA” estatuida de manera expresa y categórica en 7 actos administrativos, se dio todo un “CONSTREÑIMIENTO”, se vulnero en todos los aspectos a un “MANDATO CONSTITUCIONAL” (articulo 20 transitorio), se transgredió la normatividad sobre “DESPIDOS MASIVOS”, se violo el tema respecto a “RENUNCIAS VOLUNTARIAS”, la misma “CONVENCION COLECTIVA” y en fin infringieron cuantos tópicos en “DERECHOS HUMANOS” mas no se pudo, imbuidos los “DERECHOS FUNDAMENTALES LABORALES”, de “SEGURIDAD SOCIAL”, de “VIDA DIGNA”, de un “DEBIDO PROCESO”, y de un “MINIMO VITAL”.


De todo esto, estamos huérfanos desde hace CATORCE AÑOS y desde esa época hemos dado toda una lidia ante cuanto estrado judicial concierna sin encontrar eco JUSTO en las respuestas.


En la OIT, registramos el caso: 2297 desde febrero/02 (siete años) siendo objeto de dos pronunciamientos Provisional y de fondo, catalogados como caso “EMBLEMATICO” y en “INSTANCIA” ante el Comité de Libertad Sindical.


Colombia estaba incluida en “LISTA NEGRA OIT” desde hacia 22 años y hubo una “VISITA DE ALTO NIVEL” para confrontar la realidad de los desmanes laborales y Sindicales en octubre 24 al 29 del año 2005. Esta Alta Comisión, sugirió la creación de una Representación OIT Permanente en Colombia, para mitigar o subsanar, tanto atropello a la clase trabajadora


Con la creación del “ACUERDO TRIPARTITO” en la 95ª Conferencia Mundial del trabajo, año 2006 con representación permanente en Colombia, se inicio la labor física de trabajo por el mes de ENERO DEL AÑO 2007, esto es, la OIT COLOMBIA lleva “DOS AÑOS DE FUNCIONAMIENTO” – registrando de momento un promedio de “OCHENTA CASOS” susceptibles de “CONCILIAR” tripartidamente y hasta el momento “NO HAY UN SOLO CASO GANADO”


El caso “TELECOM PLAN RETIRO AÑO 1995” fue convocado a una primer mesa el 16 de abril/08, a una segunda el 11 de agosto/08 y a otra preliminar a una tercer mesa el día 2 de diciembre/08 sin lograr absolutamente ningún arreglo. Mientras se profirió el “DESPIDO” enquistaron cuanta violación se pudo, en ordenamiento interno, Convenios internacionales y demás, mas ahora, el argumento es, LA LEY y la CONSTITUCION POLITICA” NO NOS LO PERMITEN.


Suplicar ante nuestras instancias Judiciales, es “INUTIL” – Mil y mas veces lo hemos hecho con respuestas “ADVERSAS” - Tenemos MILLON DE PRUEBAS, administrativas, Jurídicas, de ingerencia antisindical, de Convenios en Derechos Humanos y en fin, no obstante de nada nos ha servido.


La “OIT” sabe, por referentes documentales, orales y físicos de entidades sumamente respetables del mundo y de nuestro país lo DESPIADADO DE NUESTROS GOBIERNOS por minimizar al movimiento Sindical. Somos el PAIS MAS PELIGROSO EN MATERIA SINDICAL EN EL MUNDO, se ha estado por esa razón en “LISTA NEGRA POR MAS DE 22 AÑOS”


Coincidencialmente, cada vez que se cursa una “CONFERENCIA MUNDIAL DEL TRABAJO” se envían Delegados de gobierno, preparados “pro-activamente” a convencer a la COMUNIDAD INTERNACIONAL, de un país “EXCELENCIA” – cual en realidad “virtualmente lo es” – pero, “OBJETIVA y REALMENTE, NO”


Se aplica una Política de “Seguridad Democrática” que ha tenido aciertos preponderantes, concibiendo que es hora de que el trabajo madurado por ilustres Presidentes de la nación, encontrara a uno que EJECUTE con eficacia dichos trazos de limpieza a la insurrección de los alzados en armas, y eso es lo que sucede en Colombia. Alguien al fin esta devastando semejante flagelo.


Y mientras tanto, qué hay con la función social del país, qué con las clases trabajadoras, - las expresiones de lucha popular se han convertido en VIAS DE HECHO y es así, como de práctica manera se reconquistan Derechos conculcados. Se debe ser “terribles Infractores sociales” frente a lo étnico, racial, o social, desafiando la ley, la Constitución y los Convenios internacionales, para obtener “REMEDIO O PREVENDAS A SU VANDALISMO”


Es así, como en Colombia se subsana el accionar de los grandes perturbadores. Es así, con la “VIOLENCIA” como se logra reivindicar a los marginados de la ley, así es, como en otros términos se ANMISTIA, se INDULTA, se PAGA, o a la final se “PREMIA”


La OIT, ha recibido Sendas pruebas al caso: 2297, de nuestro Sindicato “SITTELECOM” de nuestras mas importantes Centrales Obreras, de la Comisión Colombiana de Juristas, de la Comisión de Derechos Humanos del Congreso de la Republica, de la AFL-CIO de Estados Unidos y en fin de toda una afluencia de ASESORES y de SOLIDARIOS al caso 2297.


La OIT, gano el “PREMIO NOBEL DE LA PAZ 50 años después de su creación, en 1969, tiene una “CONSTITUCION” sobre la que gravita su ejercicio, implemento en conjunto con la CIOSL la CMT y nuestras centrales obreras a un “ACUERDO TRIPARTITO - OIT” cuyos resultados hasta el momento, “pese” a los grandes esfuerzos de sus funcionarios, han sido “NULOS” – resumidos en una respuesta “NEGLIGENTE DE GOBIERNO”No hay visos, No hay empeño, No hay interés, No hay VOLUNTAD POLITICA.


La OIT, por estas actuaciones no procurará que refreguemos la DESASTROZA SITUACION POR LA QUE CRUZAN NUESTROS PROHIJADOS, sin “SEGURIDAD SOCIAL” sin un “MINIMO VITAL” sin una “VIDA DIGNA” sin opciones al “DERECHO AL TRABAJO” sin un “DEBIDO PROCESO” – todos ellos, “DERECHOS FUNDAMENTALES CONSTITUCIONALES”


La OIT, como caso característico, ha promulgado TRES DOCUMENTOS, como practicas “DOCTRINAS IUS COGENS” con sus fundamentos y métodos de aplicación, destacándoles su objetivo “constitucional OIT” - que reafirman su razón de ser, sus valores, su empecine por la JUSTICIA SOCIAL, por la PROTECCION AL EMPLEO por un DIALOGO SOCIAL y por el acato a las NORMAS DE DERECHO INTERNACIONAL, toda esta conglomeración en aras de una “VERDADERA COHESION SOCIAL” – Esos documentos son:



  1. La Declaración de Filadelfia año 1944”, que ni ha sido impugnada ni puede ser letra muerta. Es texto latente, con alcances y objetivos puntuales

  1. La Declaración relativa a principios y Derechos fundamentales en el Trabajo año 1988”, donde saciadamente se insta a los pueblos a interlocutar, concertar e inter-actuar con los entes Sindicales, por una, mas, mas, y mas veces

  1. Y un último expedido el 2008 intitulado “Declaración sobre Justicia Social para una globalización equitativa”



Todo lo cual “ASOMBRA” pues es “inentendible” que una COMUNIDAD MUNDIAL con toda cuanta facultad le asiste, expida unos CUASI-TRATADOS que a la postre admitidos, aprobados y acogidos por un país pudieran ser BURLADOS o DESCONOCIDOS, frente a unas simples exposiciones de gobierno que rayan con la prosa y la lírica.


Las “intenciones” de mejoramiento son plausibles y aplaudibles, pero las “acciones” deben ser objetivas, veraces, efectivas. No puede un gobierno hablar de ingentes esfuerzos cuando unos hechos demuestran todo lo contrario. No puede trasladarse a la clase trabajadora un trueque de sus Derechos físicos y materiales, por un dinero que acaparará la guerra.


En oficio dirigido a la OIT en septiembre 30/08, adujimos NUEVAS PRUEBAS ANTISINDICALES y de momento NO HEMOS RECIBIDO RESPUESTA. - Recurridamente se emiten frases “El Comité lamenta” – la de “preocupa a la OIT“El comité toma nota” cada vez que se trata de motivar una RECOMENDACIÓN, que solo rubrican sensación de “BENIGNIDAD” de “TIBIEZA” y reitero, la OIT NO DESCONOCE LA PREOCUPANTE GRAVEDAD Y RECIEDUMBRE CON QUE SE EXTERMINA PAULATINAMENTE A NUESTROS MEJORES REPRESENTANTES DE LA CLASE TRABAJADORA, tal como sucedió con el sindicato mas robusto de todo el país después de el de ECOPETROL, “SITTELECOM”




Agradecemos por tanto un PRONUNCIAMIENTO DEFINITIVO.





REYNALDO VIDAL JARA

Presidente




HERNAN FRANCO

Vicepresidente




MANUEL GUILLERMO GARCIA

Revisor Fiscal




WILLIAM MONTEALEGRE

Tesorero




Asociación Nacional Plan de Retiro Telecom, “ Anpretel “ Calle 42ª No. 43 - 11 Barrio República de Israel, Teléfonos Fax 338 45 60 446 43 55 Celular - 314 764 79 53 -E-mail anpretel@hotmail.com Cali Valle Colombia.